IVA. Deducciones. Caducidad del derecho a la deducción.
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sentencia de 1 de junio de 2016, rec. nº 2001/2012
Abstract
Como el Tribunal Supremo ha reiterado, el vencimiento del plazo de caducidad previsto en el art. 100 Ley IVA sin que se haya procedido a la compensación de las cuotas no deducidas en ningún caso impide, per se, su recuperación mediante la técnica de la devolución, pues lo contrario acarrearía en última instancia un enriquecimiento injusto para la Administración tributaria y el IVA perdería su pretendido carácter neutral.
