Procedimiento de Inspección. Dilación imputable al contribuyente
Tribunal Supremo. Sala Tercera, Sección 2ª. Sentencia de 19 de julio de 2016, rec. 2553/2015
Resumen
El Tribunal viene a matizar su doctrina en relación a las circunstancias que permiten determinar si ha existido una dilación imputable al contribuyente cuando éste se retrasa en la aportación de la documentación que se le requiere. Su doctrina había sentado que si dilatar es sinónimo de retrasar, ello solo puede producirse respecto del momento en el que debió aportar cierta documentación. Por esta razón, había concluido el Tribunal en la necesidad de que los requerimientos de aportación de justificantes fijasen un plazo de diez días para ello, pues de este modo quedaba concretado el inicio del posible retraso.
