La doctrina de los tribunales sobre el procedimiento de devolucion de ingresos indebidos

Autores/as

  • Pedro Bujidos Garay

Resumen

Tanto los Tribunales ordinarios como los económico-administrativos ya han resuelto alguno de los problemas que plantea el Real Decreto 1.164/90 del 21.9 (en lo sucesivo RD) por el que se reglamenta el procedimiento para la realización de la devolución de ingresos indebidos 1. Dicho RD, dictado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 155 de la LGT, ha introducido modificaciones en el procedimiento de devolución que regía con anterioridad y en el plazo para impugnar las declaraciones autoliquidaciones, al tiempo que ha modificado el criterio jurisprudencial sobre la prescripción ganada.
El Tribunal Supremo ha declarado reiteradamente que el procedimiento vigente para concretar los supuestos de ingresos indebidos, hasta su derogación por el RD, estaba fijado por el artículo 6 del RPREA de 29-6-24, que impedía la devolución de ingresos indebidos cuando existía un error de derecho, solamente anulable por impugnación de la liquidación o autoliquidación por los medios normativamente establecidos (recursos de reposición o reclamación económico-administrativa).

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Biografía del autor/a

  • Pedro Bujidos Garay

    Miembro del Gabinete de Estudios de la AEDAF

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Publicado

30-09-1993

Cómo citar

Bujidos Garay , P. (1993). La doctrina de los tribunales sobre el procedimiento de devolucion de ingresos indebidos. Revista Técnica Tributaria, 3(22), 109-121. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/2069

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