Procedimiento. Tributario. Momento en que han de aportarse las pruebas.
Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª. Sentencia de 12 de noviembre de 2015, rec. 327/2013
Resumen
Respecto al momento en el que deben aportarse la pruebas en la vía administrativa, la sentencia viene a reconocer, en contra de otros criterios, que las pruebas deben aportase en los procedimientos de aplicación de los tributos, si bien, en el caso, parece que la ausencia de pruebas válidas tanto en la reclamación administrativa como en la vía contenciosa, son dos factores determinantes del fallo.
