TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID Sentencia de 13 de junio de 2001
Las cantidades entregadas en forma de capital pueden tener la consideración depensiones compensatorias entre cónyuges.
Abstract
El Tribunal admite que las cantidades entregadas en forma de capital tengan la consideración de pensiones compensatorias entre cónyuges y en consecuencia, tengan el régimen fiscal que les corresponda.
