Las subvenciones percibidas para la adquisición de una vivienda, según Ley 18/1991, son incrementos de patrimonio regulares.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA Sentencia de 21 de mayo de 2002

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Abstract

Las subvenciones percibidas para la adquisición de una vivienda, según lo establecido en la Ley 18/1991, son incrementos de patrimonio regulares, si bien deben tomarse en consideración a la hora de determinar las posibles deducciones de la cuota, al formar parte aquéllas de la inversión realizada en la vivienda durante el ejercicio fiscal de referencia.

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Published

12/11/2021

How to Cite

Las subvenciones percibidas para la adquisición de una vivienda, según Ley 18/1991, son incrementos de patrimonio regulares. : TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA Sentencia de 21 de mayo de 2002. (2021). Technical Tax Journal, 4(59), 213-214. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1732