Se considera venta directa la operación en la que se venden unos títulos a un intermediario para que estos, a su vez, los transmitan a terceros.Antigüedad de las acciones liberadas con cargo a reservas.
Tribunal Económico Administrativo Central. Resolución de 7 de marzo de 2002
Abstract
Con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 43/1995 (1 de enero de 1996) la antigüedad de las acciones liberadas con cargo a reservas es la de la fecha de su emisión, criterio idéntico al mantenido anteriormente en la resolución de 22 de febrero de 2002 (vocalía 6ª)
Además la resolución califica como venta directa la operación en la que unos accionistas vendieron sus títulos a un intermediario para que éste, a su vez, los transmitiese a un tercero.
