Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio. Obligados tributarios. Impugnación de acuerdos de declaración de responsabilidad cuanto en el mismo concurren o se acumulan dos supuestos de hecho distintos de responsabilidad tipificados en la norma de manera independiente
Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 03873/2015 de 30/10/2015. Unidad resolutoria: Vocalía Duodécima
Resumen
A un mismo sujeto, administrador de una sociedad, se le formalizó en un mismo acto la derivación de responsabilidad por dos motivos distintos: los previstos en las letras a) y b) del artículo 188.3 de la LGT. Siendo que en el primer motivo se extiende la responsabilidad a las sanciones, mientras que, en el segundo, no es así, se suscita cómo debe proceder la Administración para aplicar retroactivamente el artículo 41.4 de la LGT (reducción por conformidad de las sanciones exigidas al responsable) pues ello requiere la anulación del acuerdo de derivación de responsabilidad y la retrotracción del procedimiento
