Nulidad del art. 2.1 del Real Decreto 1070/2002, sobre beneficios fiscales aplicables al “Forum Universal de las Culturas 2004”.
Tribunal Supremo (Sala 3ª Sección 2ª). Sentencia de 20 de enero de 2004
Abstract
El Tribunal declara que el artículo 2.1 del RD 1070/2002 de 18 de Octubre que desarrolla la disposición adicional quinta de la Ley 14/2000 de 29 de Diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, sobre beneficios fiscales aplicables al "Fórum Universal de las Culturas Barcelona 2004" incurre en un exceso sobre el texto de la Ley al excluir de determinados beneficios fiscales a las inversiones efectuadas por la empresas suministradoras para la instalación o ampliación de servicios de telecomunicaciones, tendido eléctrico, abastecimiento de agua, gas u otros suministros.
