La unidad de criterio interpretativo en la aplicación de las normas tributarias
Abstract
La igualdad ante las leyes y la igualdad en la aplicación de la Ley son dos cuestiones estrechamente vinculadas entre sí. De ahí que los ordenamientos, al tratarse de una cuestión fundamental, configuren mecanismos al servicio de una aplicación de la ley que sea igual para todos los ciudadanos: uno de ellos es la unificación de criterios interpretativos.
Este objetivo debe ser perseguido en todos los órdenes, tanto el judicial como en el administrativo cuando es a la dministración a quien se encomienda la función aplicativa de las normas, pero se presenta con especial relevancia en los sistemas o zonas del Derecho en que existe un derecho de masas o un derecho de actos en masa y en aquellos en que la función aplicativa está en manos de una organización administrativa dispersa y compleja. Ambas circunstancias se producen en el actual ordenamiento tributario español. De ahí la necesidad de que se instrumenten medios que tengan como finalidad una aplicación unitaria de las leyes, para lo cual, la unidad de criterio interpretativo es esencial.
