Renuncia a la exención del IVA en las transmisiones de inmuebles: pacto entre las partes donde se establece de forma inequívoca tal circunstancia.

Tribunal Supremo (Sala Tercera. Secc. 2.ª). Sentencia de 14 de marzo de 2006

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El Tribunal Supremo considera que, en las transmisiones de inmuebles, se cumple la obligación que pesa sobre el transmitente de comunicar la renuncia a la exención del IVA al adquirente, con carácter previo o simultáneo a la entrega de los bienes, cuando de los pactos entre ambos se pueda desprender la voluntad inequívoca de efectuar esta renuncia, aunque no conste expresamente esta expresión. Se matiza así el criterio expuesto en la sentencia de 9 de Noviembre de 2004, dictada en el recurso de casación 7991/1999, donde se reconocía el carácter formalista con que la Ley había configurado los requisitos necesarios para la procedencia de la exención.

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30/09/2021

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Renuncia a la exención del IVA en las transmisiones de inmuebles: pacto entre las partes donde se establece de forma inequívoca tal circunstancia.: Tribunal Supremo (Sala Tercera. Secc. 2.ª). Sentencia de 14 de marzo de 2006. (2021). Technical Tax Journal, 2(73), 118-121. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1459