Expropiación forzosa. Incremento de patrimonio imputable al ejercicio en que se suscribe el acta de adquisición y el justiprecio.
Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª. Sentencia de 30 junio de 2004
Abstract
La Audiencia Nacional considera que el incremento de patrimonio que se pone de manifiesto en una expropiación forzosa debe ser imputado al ejercicio en que se suscribe el acta de adquisición por mutuo acuerdo y se fija el justiprecio, con independencia de la fecha de ocupación de terreno y del pago del justiprecio.
Porque la cuestión es dudosa, no creemos acertadas las consideraciones del Tribunal cuando hacen mención, como argucia, de la argumentación del recurrente.
