Cuestión de inconstitucionalidad del art. 34 b) de la Ley 18/1991 del IRPF, relativo al rendimiento del capital inmobiliario en la cantidad que resultaba de aplicar el 2% al valor de determinados inmuebles.

Tribunal Constitucional. Sentencia 295/2006, de 11 de octubre de 2006

Authors

Abstract

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, plantea cuestión de inconstitucionalidad en relación con el párrafo primero del art. 34 b) de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en su redacción originaria, a cuyo tenor constituyen rendimientos íntegros del capital inmobiliario “en el supuesto de los restantes inmuebles urbanos [es decir, los no arrendados o subarrendados], excluido el suelo no edificado, la cantidad que resulte de aplicar el 2 por 100 al valor por el que se hallen computados o deberían, en su caso, computarse a efectos del impuesto sobre el patrimonio”, dado que pudiera ser contrario a los arts. 14 y 31.1, ambos de la CE, lo que es aceptado finalmente por el Tribunal Constitucional.
Aunque la norma anulada ya ha sido modificada desde 1995, por lo que sus efectos serán muy reducidos, la sentencia se adentra en otro Impuesto, el de patrimonio, en el que la capacidad económica del titular de inmuebles se mide por el valor mayor de los tres siguientes valores: el catastral, el comprobado por la Administración tributaria a efectos de otros tributos y el valor de adquisición. Ahora bien, El Tribunal entiende que lo que puede ser inconstitucional en un tributo no necesariamente lo sería en otro (sin que llegue a pronunciarse sobre la Ley 19/1991). Con ello, se nos adelanta un criterio ante las críticas que tantas veces se han formulado a la norma de valoración de inmuebles en la citada Ley 19/1991.

Downloads

Download data is not yet available.

Downloads

Published

24/09/2021

How to Cite

Cuestión de inconstitucionalidad del art. 34 b) de la Ley 18/1991 del IRPF, relativo al rendimiento del capital inmobiliario en la cantidad que resultaba de aplicar el 2% al valor de determinados inmuebles.: Tribunal Constitucional. Sentencia 295/2006, de 11 de octubre de 2006. (2021). Technical Tax Journal, 3(78), 198-201. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1332