IVA. Repercusión. Ingreso. IVA repercutido en factura en operación que no debe tributar: no procede exigir el ingreso.

Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 07547/2012 del 22/04/2015. Unidad resolutoria: Vocalía Quinta

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En aplicación de la prohibición del efecto directo vertical descendente del derecho de la Unión Europea en perjuicio de los particulares, según la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el TEAC declara que la Administración tributaria no puede exigir el ingreso del IVA repercutido en factura, pero no devengado por no estar la operación sujeta en su totalidad, basándose en el artículo 203 de la Directiva 2006/112/CE (que se refiere al hecho de ser deudor en función del IVA repercutido), puesto que nuestra normativa exige declarar e ingresar el IVA devengado, sin hacer mención al IVA repercutido.

 

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30/09/2015

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IVA. Repercusión. Ingreso. IVA repercutido en factura en operación que no debe tributar: no procede exigir el ingreso.: Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 07547/2012 del 22/04/2015. Unidad resolutoria: Vocalía Quinta. (2015). Technical Tax Journal, 3(110), 163-165. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/123