Indemnización al contribuyente por daños causados.
Tribunal Supremo, Sala Tercera, Sección 6ª Sentencia de 10 de noviembre de 2008
Abstract
La Administración debe indemnizar al contribuyente por los daños causados cuando, sin esperar al transcurso del plazo previsto para iniciar la vía de apremio, procede a la ejecución sobre el patrimonio del deudor.
El nexo causal entre la actividad administrativa y el daño causado no quiebra por el hecho de que el sujeto pasivo o la entidad que lo avalaba, no anunciasen su intención de interponer recurso contencioso administrativo.
