IVA. Cuotas no registradas en el libro de registro de facturas recibidas. No puede conllevar la pérdida del derecho a deducir una simple obligación formal.

Tribunal Económico-Administrativo Central (Vocalía 5ª) Resolución: 00/6532/2008 de 23/02/2010

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Por un error en el libro registro de facturas recibidas, donde constaban en el mismo ordenadas por fecha todas las adquisiciones intracomunitarias, así como las correspondientes bases e igualmente el tipo impositivo del 16% aplicable a las mismas, no figuraba consignado en el mismo el importe de las cuotas respectivas.
Como consecuencia de ello, en la propuesta de liquidación no se incluyeron como deducibles las cuotas soportadas en dichas adquisiciones intracomunitarias de bienes, pues según lo dispuesto en el artículo 99.Tres de la Ley del IVA, estas cuotas no constan registradas en el libro registro de facturas recibidas. Dichas cuotas serían deducibles, a juicio de la inspección, en la declaración-liquidación del periodo en que se contabilicen en el citado libro, siempre que no hubiesen transcurrido cuatro años contados a partir del nacimiento del derecho a su deducción.
El caso produjo la imposición de una sanción.

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Published

12/09/2021

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IVA. Cuotas no registradas en el libro de registro de facturas recibidas. No puede conllevar la pérdida del derecho a deducir una simple obligación formal.: Tribunal Económico-Administrativo Central (Vocalía 5ª) Resolución: 00/6532/2008 de 23/02/2010. (2021). Technical Tax Journal, 2(89), 184-187. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1097