1.
No exigencia del pago fraccionado una vez presentada la autoliquidación. Intereses de demora pero sólo hasta la presentación de la autoliquidación: Tribunal Económico Administrativo Central Resolución 00/4357/2009 de 17/03/2010 Unidad resolutoria: Vocalía 2ª. RTT [Internet]. 2021 Sep. 10 [cited 2026 Mar. 12];3(90):143-4. Available from: https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1071