[1]
“Es posible el diferimiento por reinversión de beneficios extraordinarios, en la adquisición de un inmueble adquirido a una sociedad vinculada en la que los socios son los mismos que en la adquirente.: Tribunal Económico-Administrativo Central. Comentario a la Resolución: 00/2310/2006,Vocalía 10ª, de 17/04/2008”, RTT, vol. 3, no. 82, p. 151, Sep. 2021, Accessed: Mar. 12, 2026. [Online]. Available: https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1243