[1]
“Ingreso efectuado en las declaraciones liquidaciones de trimestres posteriores (IVA), hecho de forma espontánea y sin mediar requerimiento previo de la Administración. Aplicación del de los recargos establecidos en la Ley 36/2006 de medidas para la prevención del fraude.: Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Comentario a la Sentencia de 6 de febrero de 2008. Rec. 535/2004”., RTT, vol. 3, no. 82, pp. 144–146, Sep. 2021, Accessed: Mar. 12, 2026. [Online]. Available: https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1240