[1]
“Desestimación del recurso contencioso-administrativo, sin pronunciarse sobre el fondo de los motivos alegados por la recurrente, por considerar que el fracaso de la vía económico-administrativa es imputable a la propia conducta procesal de aquélla que no presentó alegaciones.Vulneración del derecho a la tutela judicial cuando no existe sentencia en cuanto al fondo de la demanda: STC 75/2008, de 23 de junio de 2008 (Sala Primera) . Recurso de amparo núm. 5260-2006”, RTT, vol. 4, no. 83, pp. 121–122, Sep. 2021, Accessed: Mar. 12, 2026. [Online]. Available: https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1221