1.
La transmisión de la nuda propiedad efectuada por los propietarios de una finca urbana no entraña dos actos (transmisión del derecho de nuda propiedad y la constitución del derecho de usufructo), ya que exclusivamente se transmite el derecho de nuda propiedad.: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA Sentencia de 23 de marzo de 2001. . RTT. 2021;3(54):133-134. Accessed March 12, 2026. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1871