Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea: efectos jurídicos “ex tunc”, pero sin posibilidad de revisión de actos jurídicos devenidos firmes.
Tribunal Económico Administrativo-Central Resolución 00/1778/2011 de 31/01/2013
Resumen
Las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea tienen efectos jurídicos “ex tunc”, pero ello no abre la revisión de actos jurídicos devenidos firmes. Es decir, se les atribuye una eficacia ex tunc que se limita de forma sustancial al no afectar la declaración de una contradicción con el ordenamiento comunitario sino a los procedimientos que estén abiertos y pendientes de resolución. Es dudoso que con este proceder se satisfaga la exigencia de que se garantice la efectividad del derecho comunitario, pues el hecho de homologar la solución a la que se aplicaría en el caso del derecho interno, lo único que desvela es la insatisfactoria respuesta que se ha dado a este problema en este ámbito.
