Unificación de criterio. LGT. Datos suministrados por terceros.
Tribunal Económico-Administrativo Central Resolución 00/1634/2011 de 18/12/2012
Resumen
Unificación de criterio. LGT. Datos suministrados por terceros. Momento procesal apto, durante una regularización, para comunicar al obligado tributario las imputaciones de terceros con el fin de que pueda aceptar los datos imputados o bien oponerse a ellos.
Para el órgano gestor, en aplicación de los arts. 108.4 LGT 58/2003 y 92.2 RD 1065/2007, al obligado se le impone un plazo de 15 días para rechazar los datos que la Administración le ha comunicado y debe hacerlo en ese momento porque después ya no podrá hacerlo ni aportar pruebas en contra al considerarse sus actuaciones un abuso procedimental.
