Procedimiento de recaudación. Solicitud de compensación de deudas tributarias con el crédito procedente de una certificación final de obras. Cambio de criterio
Tribunal Económico-Administrativo Central Resolución 00/4031/2012 de 2/04/2013
Resumen
Un crédito procedente de una certificación final de obras reúne los requisitos exigidos para ser objeto de compensación, por cuanto se trata de un crédito vencido, líquido y exigible, y que dada su condición -la de certificación de obra- el reconocimiento del crédito contra la Administración está comprendido en el acto administrativo que autoriza o acuerda su expedición. Se produce así un cambio de criterio del TEAC y se sigue el criterio reiterado del Tribunal Supremo en anteriores sentencias.
