Procedimiento tributario. Procedimiento de revisión en vía administrativa. Estimación parcial del recurso de reposición por motivos sustantivos
Tribunal Económico-Administrativo Central. Comentario a la Resolución 1278/2019, de 25 de junio de 2019
Resumen
Entiende el TEAC que en los supuestos de resoluciones administrativas –en este caso la resolución de un recurso de reposición– estimatorias parcialmente por motivos sustantivos que llevan aparejada la anulación de la liquidación y ordenan la práctica de otra en sustitución de la anterior, la nueva liquidación tiene la condición de acto de ejecución y no se dicta en el seno de un procedimiento de aplicación de los tributos. Adicionalmente, se aclara la posibilidad de incorporar la nueva liquidación al acuerdo de resolución del recurso de reposición, sin que sea necesario desagregarlo en dos actos de resolución diferentes. Lo anterior se apoya en los principios de eficacia y eficiencia en la actuación administrativa, que deben estar presentes en todos los procedimientos tributarios.