Impuesto sobre Sociedades. Sociedades patrimoniales. Errores formales

Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª Sentencia de 19 de octubre de 2017, rec. 734/2015

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Resumen

El estar dado de alta en un determinado epígrafe del IAE no implica necesariamente, que se ejerza de manera efectiva dicha actividad. Tampoco el no haber presentado la correspondiente baja a pesar de haber cesado en el ejercicio de la actividad significa que se siga ejerciendo la actividad. Reclamación por ingresos indebidos procedente. El beneficio obtenido con la venta de la finca controvertida no puede considerarse afecto a actividades económicas, teniendo en cuenta, además, que a partir de su enajenación las inversiones financieras en las que se revierte el precio obtenido en dicha compraventa pasan a representar más de la mitad del activo.

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Publicado

31-03-2018

Cómo citar

Impuesto sobre Sociedades. Sociedades patrimoniales. Errores formales: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª Sentencia de 19 de octubre de 2017, rec. 734/2015. (2018). Revista Técnica Tributaria, 1(120), 116-117. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/389