Procedimiento de recaudación. Adopción de medidas cautelares. Riesgo recaudatorio.

Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 2493/2017 de 31/01/2018. Unidad resolutoria: Vocalía Duodécima

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Resumen

Determina el TEAC, en recurso extraordinario de alzada, que la adopción de las medidas cautelares del artículo 81 de la LGT –aquellas cuya finalidad es asegurar el cobro de la deuda tributaria-, requiere la concurrencia tanto de la vertiente subjetiva como de la objetiva del riesgo recaudatorio. Entiende el Tribunal que la adopción de tales medidas no puede basarse únicamente en determinadas conductas del obligado tributario encaminadas a la disposición de sus bienes, sino que, además, resulta necesario la constatación del riesgo objetivo, ya que la medida cautelar no tendría sentido si la cuantía de la deuda fuera insignificante en comparación con los ingresos corrientes o el patrimonio del obligado tributario, por ejemplo.

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Publicado

31-03-2018

Cómo citar

Procedimiento de recaudación. Adopción de medidas cautelares. Riesgo recaudatorio.: Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 2493/2017 de 31/01/2018. Unidad resolutoria: Vocalía Duodécima. (2018). Revista Técnica Tributaria, 1(120), 136-138. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/379