Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Trust. Devengo del Impuesto.

Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª. Sentencia de 13 de marzo de 2017, rec. 218/2014

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Resumen

A los efectos del ordenamiento jurídico español, las relaciones entre los aportantes de bienes y derechos a un trust y sus beneficiarios se consideran realizadas directamente entre aportantes y beneficiarios. En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el devengo de la operación se entiende producido cuando fallece el causante.

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Publicado

30-06-2017

Cómo citar

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Trust. Devengo del Impuesto.: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª. Sentencia de 13 de marzo de 2017, rec. 218/2014. (2017). Revista Técnica Tributaria, 2(117), 124-125. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/332