IVA. Aplicación de prorrata especial sin realizar opción expresa.

Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 02472/2014 de 16/03/2017. Unidad resolutoria: Vocalía cuarta

Resumen

El recurrente alega que no se le puede negar la aplicación del régimen de prorrata especial del impuesto por el hecho formal de no haber optado por él en el tiempo y forma indicados. Se estima su pretensión en virtud de la Sexta Directiva.

Publicado

2017-06-30