IVA. Exenciones. Artículo 20.Uno.22º LIVA, redacción vigente en 2006. Rehabilitación. Tipo de obras que pueden considerarse como obras de rehabilitación.

Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 4090/2013 de 22/09/2016. Unidad resolutoria: Vocalía Quinta

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Resumen

Se discute la calificación de las obras realizadas a efectos del IVA, respecto de lo cual, el TEAC establece dos criterios que destacamos.

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Publicado

30-12-2016

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IVA. Exenciones. Artículo 20.Uno.22º LIVA, redacción vigente en 2006. Rehabilitación. Tipo de obras que pueden considerarse como obras de rehabilitación.: Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 4090/2013 de 22/09/2016. Unidad resolutoria: Vocalía Quinta. (2016). Revista Técnica Tributaria, 4(115), 153. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/284