IS. Retribuciones de administradores

Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 6112/2015 de 5/07/2016. Unidad resolutoria: Vocalía 12ª

Resumen

Para los períodos impositivos a los que no resulta de aplicación la LIS 2014, se fija como doctrina que no es deducible la retribución que se otorga al administrador social que, además de las funciones propias de la relación mercantil, ejerce las propias de un director gerente, cuando en los Estatutos está prevista la gratuidad del cargo.

El TEAC acoge así el criterio sentado anteriormente por el Tribunal Supremo.

Publicado

2016-09-30