Sobre la retroacción de actuaciones tributarias derivada de una sentencia judicial: Alcance de la STS de 25 de marzo de 2021, rec. 3607/2019 y otras afines

RIA 17, 4 DE MAYO DE 2021

Resumen

Begoña Sesma Sánchez, Catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Oviedo y miembro de AEDAF, comenta esta sentencia en la que se aclara cuál es el plazo del que dispone la Administración tributaria para ejecutar una sentencia judicial firme que ha ordenado una retroacción de actuaciones. El fallo, en opinión de la autora, contiene valientes y relevantes reflexiones relacionadas con la superación del carácter revisor de la jurisdicción contencioso-administrativa y el progreso hacia una «plena jurisdicción», lo que significa limitar las posibilidades de la retroacción de actuaciones derivada de una sentencia judicial cuando no supone un beneficio para el recurrente, sino para la Administración.

Publicado

2021-09-30

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