La suspension de la ejecucion de las sanciones tributarias
Resumen
A) Sanciones consistentes en la pérdida del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales
Los números 11 a 14 del artículo 81 del Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones Económico-Administrativas, añadidos por el Real Decreto 2631/1985, de 18 de diciembre, sobre procedimiento para sancionar las infracciones tributarias, se ocupan de la suspensión de la ejecución de las sanciones consistentes en la pérdida del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales, señalando al respecto el núm. 11 del artículo 81 del Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones Económico-Administrativas que la misma puede ser acordada, a instancia del interesado, y mientras dure la total sustanciación del procedimiento económico-administrativo, cuando a juicio del Tribunal competente para resolver la reclamación la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho previstas en el artículo 153 de la LGT, o cuando la ejecución pudiese causar perjuicios de imposible o difícil reparación.
