Regimen juridico-tributario de las patentes y las marcas
Resumen
I. INTRODUCCIÓN
El tratamiento doctrinal y legislativo de la Propiedad Industrial en el ámbito del Derecho tributario no ha sido abundante, por no decir escaso y en ocasiones nulo. Entre las razones que, en mi opinión, han contribuido a este descuido pueden señalarse las siguientes: En primer lugar, el protagonismo que en su regulación y estudio han tenido otras disciplinas jurídicas, básicamente el Derecho mercantil. La consideración para el Derecho Tributario, como una modalidad de propiedad cuyo régimen jurídico-tributario no diverge del atribuido al resto de bienes y derechos susceptibles de ser valorados económicamente y de generar rendimientos. En segundo lugar, el régimen jurídico-tributario de las patentes y marcas aparece presidido por el análisis previo de su afectación o no a una actividad empresarial. En efecto, cuando la propiedad industrial aparece afecta a una actividad empresarial participa de los mismos problemas que el resto del patrimonio afecto, sin ninguna especificidad para la propiedad industrial y, por lo tanto, sin que parezca merecedora de un estudio diferenciado. Cuando, por el contrario, la propiedad industrial no está afecta, la inclusión dentro del apartado de "Otros rendimientos del capital mobiliario" le ha hecho perder protagonismo frente a la atención que han merecido los rendimientos de capital mobiliario derivados de la participación en fondos de cualquier entidad o los derivados de la cesión a terceros de capitales propios.
