Derecho mercantil y otras materias conexas con el derecho tributario
Resumen
NUEVO CODIGO PENAL. CUENTAS ANUALES
FORMULACIÓN INADECUADA DE LAS CUENTAS ANUALES U OTROS DOCUMENTOS, que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad (Cooperativa, Caja de Ahorros, mutua, entidad financiera o de crédito, fundación, sociedad mercantil o cualquier otra entidad de análoga naturaleza que para el cumplimiento de sus fines participe de modo permanente en el mercado).
El artículo 171 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas delimita claramente la competencia de los Administradores a formular las cuentas anuales, en relación con la competencia de la Junta General a la que corresponde exclusivamente su aprobación (art. 95 y 212 del TRLSA y 44 de la LSL).
Las Cuentas Anuales no son un proyecto o una propuesta, sino son un documento que debe reflejar la situación patrimonial, financiera y de resultados de la entidad. Esta exigencia viene impuesta por el artículo 34 del Código de Comercio y por el artículo 172 del TRLSA, que obliga a redactar, elaborar o formular las Cuentas Anuales de acuerdo a los principio de claridad e imagen fiel.
