Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio Impuesto Sociedades. Operaciones vinculadas. Supuesto en el que una entidad realiza una actividad de prestación de servicios que son prestados personalmente por la administradora única de esa entidad, siendo ésta la circunstancia determinante para la contratación de los citados servicios por terceros independientes.

Tribunal Económico-Administrativo Central.Resolución 08483/2015 de 2/03/2016.Unidad resolutoria: Vocalía Duodécima.Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio

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Resumen

Para valorar una operación vinculada entre una sociedad y su administradora única, cuando los terceros contratancon la sociedad en atención a la cualificación de su administradora y los servicios que ésta viene prestando a la entidad son sustancialmente iguales a los que la sociedad presta a terceros, el TEAC no encuentra inconveniente en que se aplique el método de libre precio comparable utilizando como elemento de comparación el valor de los servicios que la sociedad presta a terceros.

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Publicado

30-03-2016

Cómo citar

Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio Impuesto Sociedades. Operaciones vinculadas. Supuesto en el que una entidad realiza una actividad de prestación de servicios que son prestados personalmente por la administradora única de esa entidad, siendo ésta la circunstancia determinante para la contratación de los citados servicios por terceros independientes.: Tribunal Económico-Administrativo Central.Resolución 08483/2015 de 2/03/2016.Unidad resolutoria: Vocalía Duodécima.Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio. (2016). Revista Técnica Tributaria, 1(112), 192-195. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/187