ISD. Liquidación girada por una Administración incompetente. Principio de firmeza de los actos administrativos
TRIBUNAL SUPREMO (SALA 3ª SECCIÓN 2ª) Sentencia de 28 de Julio de 2001
Resumen
Se trata en este caso de una donación sobre la que giró liquidación la Delegación de Hacienda de Madrid (incompetente para ello) que fue satisfecha por el contribuyente, produciéndose posteriormente una nueva liquidación por la Oficina Técnica de la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias (competente según las normas aplicables).
La sentencia impugnada sostuvo que la apariencia de legalidad, y consiguientes efectos jurídicos, de la primera liquidación practicada no pueden ser desconocidos si no es previamente anulada, por lo que la nueva declaración, girada por los servicios de Hacienda del Principado de Asturias, vulnera el principio de firmeza de los actos administrativos y constituye un evidente supuesto de doble imposición, ya que el sujeto pasivo había cumplido con su obligación tributaria, realizando la correspondiente declaración tributaria ante la Administración y satisfaciendo la deuda tributaria que le fue fijada. Si otra Administración -la del Principado de Asturias- entiende que esa actuación no fue jurídicamente correcta, deberá atacarla por alguna de las vías en Derecho establecidas, singularmente la de revisión de oficio.
