Informe del defensor del pueblo para el año 2000
(Cuestiones que afectan exclusivamente al sistema tributario)
Resumen
El artículo 79.3 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece un límite distinto al general y fija la obligación de presentar declaración por el impuesto sobre la renta de las personas físicas en 1.250.000 pesetas brutas anuales, en los casos en que se perciban rendimientos del trabajo de más de un pagador, lo que ha dado lugar a que muchos ciudadanos considerasen este hecho discriminatorio, estimando además que la campaña de difusión del nuevo impuesto no aclaró este extremo.
