Valor en Aduana de mercancías. “Valor de transacción” y “valor aceptable”.
Tribunal Supremo. Sentencia de 14 de noviembre de 2003
Resumen
Para la determinación del valor en aduana de las mercancías, la normas comunitarias ordenan la aplicación de un conjunto de métodos entre los que se encuentra el “valor de transacción”. En el caso en que proceda aplicar dicho método, la normativa exige que tal valor sea “aceptable” sin que el hecho de que el comprador y el vendedor estén vinculados constituya, por sí mismo, motivo suficiente para considerarlo inaceptable.
