IRPF. Tributación do Seguro de supervivencia percibido por un trabajador
Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2). Sentencia de 2 de diciembre de 2006. Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 3863/2001.
Resumen
El Tribunal fija doctrina legal por la que se declara que, a efectos del Impuesto sobre la Renta, la cantidad percibida de la empresa por un trabajador al cumplir 65 años como procedente de un seguro de supervivencia debe tributar como incremento o disminución patrimonial en los términos señalados en el artículo 48.1.i) de la Ley 18/1991, y no como rendimientos del trabajo personal.
