Infracciones tributarias. Dejar de ingresas en plazo sin requerimiento previo.

Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2) Sentencia de 14 de septiembre de 2006. Recurso de casación en interés de la Ley núm. 45/2005.

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Resumen

El tipo de infracción tributaria consistente en “dejar de ingresar” ha sido matizado en muy diversas sentencias en el sentido de interpretarlo dentro del marco del ordenamiento tributario en general. En esta sentencia, el Tribunal Supremo desestima el recurso de casación del abogado del Estado que pretendía anular la sentencia del tribunal de instancia en la que se declaraba: “si las obligaciones tributarias, líquidas, exigibles y vencidas impagadas son conocidas por la Administración Tributaria, o el ingreso se lleva a cabo por el sujeto pasivo superado el plazo reglamentario, pero sin requerimiento previo de la Administración Tributaria, no hay infracción tributaria, y tampoco la hay cuando el acto omisivo de dejar de ingresar en plazo se debe a la falta de presentación de la correspondiente declaración-autoliquidación y el ingreso se consigue por actuación de los órganos de gestión de la Administración Tributaria, pues como señala el Tribunal Supremo en sentencia, entre otras, de 4 de marzo de 2003, ese supuesto encierra una conducta de ocultación, dolosa o culposa, cuyos efectos sólo pueden superarse por la necesaria e inevitable actuación investigadora de la Inspección de los Tributos”.

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Publicado

27-09-2021

Cómo citar

Infracciones tributarias. Dejar de ingresas en plazo sin requerimiento previo.: Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2) Sentencia de 14 de septiembre de 2006. Recurso de casación en interés de la Ley núm. 45/2005. (2021). Revista Técnica Tributaria, 1(76), 152-157. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1383