Actuación de la Administración tributaria ante la declaración judicial de un concurso una vez iniciada la vía de apremio.

Tribunal de Conflictos de Jurisdicción. Sentencia de 22 de diciembre de 2006

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Resumen

Se dilucida en esta sentencia la forma en que debe proceder la Administración tributaria cuando, habiendo iniciado la vía de apremio, se declare judicialmente un concurso sobre el mismo deudor. El Tribunal aplica la Ley concursal al caso, declarando que, producida la declaración concursal, la Administración debió dirigirse al Juez del Concurso a fin de que este decidiese sobre si los bienes integrantes del "patrimonio" del deudor, sujetos al procedimiento de apremio en curso, eran o no necesarios para la continuidad de la actividad del deudor. No obstante ello y por la propia competencia del Tribunal, el fondo de la cuestión queda sin resolver ya que en el caso en cuestión, el elemento patrimonial trabado por la AEAT había sido un crédito, cuando la Ley concursal se refiere a “bienes”.

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Publicado

27-09-2021

Cómo citar

Actuación de la Administración tributaria ante la declaración judicial de un concurso una vez iniciada la vía de apremio.: Tribunal de Conflictos de Jurisdicción. Sentencia de 22 de diciembre de 2006. (2021). Revista Técnica Tributaria, 2(77), 153-156. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1357