Unificación de criterio. No presentación resumen anual del IVA: infracción simple aún en el caso de que el contribuyente hubiera dejado de ejercer la actividad

Tribunal Económico-Administrativo Central. Comentario a la Resolución de 27 de febrero de 2008. No 00/2173/2006.Unidad resolutoria:Vocalía 5ª

Autores/as

  • Gabinete de Estudios de AEDAF

Resumen

La falta de presentación de la declaración resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido cumple el presupuesto objetivo de la infracción simple prevista en el artículo 78.1.a) de la ley 230/1963, leve en el artículo 198 de la Ley 58/2003 General Tributaria, aún en el caso en que, durante el año correspondiente, el contribuyente hubiera dejado de ejercer la actividad y presentado baja en la actividad seis meses antes de final del ejercicio. 
El recurso se interpone por el Director del Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT contra la Resolución del TEAR que había anulado la sanción impuesta por falta de presentación en plazo del modelo informativo 390 del IVA (declaración resumen anual).

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Publicado

22-09-2021

Cómo citar

Gabinete de Estudios de AEDAF. (2021). Unificación de criterio. No presentación resumen anual del IVA: infracción simple aún en el caso de que el contribuyente hubiera dejado de ejercer la actividad: Tribunal Económico-Administrativo Central. Comentario a la Resolución de 27 de febrero de 2008. No 00/2173/2006.Unidad resolutoria:Vocalía 5ª. Revista Técnica Tributaria, 2(81). https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1279

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