Las ayudas recibidas por los ganaderos no están sujetas a IVA por ser de interés general
Tribunal Supremo Sentencia de 28 de noviembre de 2008
Resumen
Determinadas ayudas percibidas por ganaderos - sector porcino afectado por la peste porcina- no están sujetas al IVA ya que están fijadas en aras del interés general, y los animales sacrificados quedan excluidos de su normal circuito de distribución comercial.
