IRNR. Sujeción al impuesto. Retenciones. Distribución de beneficios de filial española a sociedad matriz residente en otro Estado de la UE.
Tribunal Económico-Administrativo Central Resolución: 00/1481/2007, de 28 de noviembre de 2009 Unidad resolutoria: Vocalía 6ª
Resumen
No era aplicable el régimen filial/matriz establecido en la Directiva 90/435/CEE, cuando la entidad no residente se limita a jugar un papel instrumental para que un inversor, no residente en la Unión Europea, pueda acceder a la exención derivada de dicha Directiva, circunstancia que pretende evitar la cláusula antiabuso del artículo 13.1.g) de la Ley 41/1998 LIRNR aplicada por la Inspección, cuya actuación debe confirmarse afirmando que la exención de los dividendos pagados desde España no es procedente.
