Deducción de las cuotas de IVA soportadas por la adquisición de vehículos de turismo
Palabras clave:
Impuesto sobre el Valor Añadido, Deducción, Presunción legal, Afectación, Jurisprudencia, Vehículos, Representantes y agentes comercialesResumen
La normativa de IVA establece la presunción general de afectación en un 50% de los vehículos de turismo a actividades económicas y de un 100% en determinados supuestos específicos. El trabajo analiza la jurisprudencia recaída en relación con la posibilidad de deducir las cuotas de IVA soportadas en la adquisición de vehículos de turismo y gastos conexos en relación con los medios de prueba admitidos para admitir una mayor deducción. Del análisis de las decisiones judiciales se deduce la importancia de aportar un conjunto de elementos probatorios como sistema para permitir una mayor deducción de las cuotas de IVA soportadas.
