Responsabilidad solidaria. Hechos determinantes de la responsabilidad.

Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 04435/2016 de 29/06/2017. Unidad resolutoria: Vocalía duodécima

Resumen

Se discute la concurrencia de los requisitos para poder derivar por responsabilidad solidaria el pago de una deuda. La responsabilidad del apartado a) del artículo 42.2 LGT no circunscribe la conducta del responsable a más elemento temporal que el que se deriva de la propia finalidad de la conducta: impedir la traba del patrimonio del deudor.

Publicado

2017-06-30