1.
Por aplicación directa de Directiva 69/335/CEE, sólo tributan en el país del domicilio de la sociedad matriz, las aportaciones de capital hechas por una sociedad matriz residente en otro país de la Unión Europea, a una filial residente en España: TRIBUNAL SUPREMO (SALA 3ª, SECC.2ª) Sentencia de 13 de julio de 2002. RTT [Internet]. 2021 Nov. 12 [cited 2026 Mar. 12];4(59):200-2. Available from: https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1726