[1]
“Se considera venta directa la operación en la que se venden unos títulos a un intermediario para que estos, a su vez, los transmitan a terceros.Antigüedad de las acciones liberadas con cargo a reservas.: Tribunal Económico Administrativo Central. Resolución de 7 de marzo de 2002”, RTT, vol. 1, no. 60, pp. 181–183, Nov. 2021, Accessed: Mar. 11, 2026. [Online]. Available: https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1708