[1]
“Prescripción. Cuando en el expediente administrativo no constan las diligencias que reflejen el contenido de las actuaciones realizadas, debe entenderse que tales actuaciones no han tenido efectos interruptivos.: Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª) ? Sentencia de 22 de julio de 2004”, RTT, vol. 2, no. 73, pp. 124–126, Sep. 2021, Accessed: Mar. 12, 2026. [Online]. Available: https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1461